Las B Corp, B Corporations o empresas B, son empresas que asumen en sus estatutos la necesidad de modificar su modelo de gobernanza para cumplir con los más altos estándares de desempeño social y ambiental y la obligación de rendir cuentas sobre este objetivo.
El concepto de B Corp surge en 2006, con la creación en EEUU de una organización sin ánimo de lucro llamada B Lab, que actúa como organismo certificador a través de la implementación de un procedimiento de autoevaluación por parte de la empresa que aspira a certificarse.
Aunque la certificación de B Corp está extendida en más de 70 países, no es necesario obtener esta acreditación para que una empresa sea reconocida legalmente como compañía de alto desempeño social/ambiental. En este sentido, varios países han promulgado legislaciones específicas de las llamadas “empresas de propósito” (que no tienen por qué haber obtenido la certificación de B Corp).
En la definición de las empresas de propósito se incluyen todas aquellas entidades con ánimo de lucro que buscan proactivamente generar un impacto positivo en la sociedad y que utilizan recursos privados para resolver un problema público. A continuación, se destacan las siguientes experiencias internacionales en la regulación de este tipo de empresas:
- Estados Unidos: la legislación de las Public Benefit Corporations (PBCs) fue promulgada en Delaware en 2013, y define las PBCs como corporaciones con fines de lucro que tienen como objetivo producir un beneficio público y operar de manera responsable y sostenible.
- Italia: la Ley 208, de 28 de diciembre de 2015, define la Società Benefit de forma similar a la PBC americana y la incorpora al ordenamiento como una calificación jurídica que no cambia la forma jurídica de la empresa (que puede ser adoptada por cualquier tipo de sociedad mercantil).
- Francia: en 2019 se crea una nueva figura societaria, las Socièté à mission (empresas con misión), que se inspiran también en el modelo americano de Benefit Corporation.
- Latinoamérica: las legislaciones de Colombia, Ecuador, Perú y Argentina han incorporado una regulación de las sociedades BIC (Beneficio e Interés Colectivo). Entre ellas, destaca el caso de Colombia, que por medio de la Ley 1901 de 2018 permite que cualquier sociedad comercial colombiana existente o futura, puede adoptar voluntariamente esta modalidad (siguiendo el modelo italiano).
En el caso de España, aunque existe la posibilidad de que las entidades obtengan la certificación B, no se ha regulado un tipo societario que permita su configuración como empresas de propósito. Así, se considera que el reconocimiento de una figura jurídica específica daría lugar a las siguientes oportunidades: permitiría a las empresas desarrollar su actividad reconociéndose como actores responsables de llevar a cabo fines de propósito superior en aspectos sociales y ambientales, y, además, generaría seguridad jurídica en el marco competitivo empresarial y entre consumidores e inversores, que encontrarían una garantía jurídica del desempeño social y ambiental de estas empresas.